lunes, 13 de octubre de 2008

Visita del Senador a Samana


El senador Jesús Vásquez Martínez, Candidato a la Secretaria General del P.R.D de nuestro partido, estuvo visitando la provincia de Samana, donde recibió el apoyo de prácticamente toda la dirección del partido Revolucionario dominicano en dicha provincia.

En su recorrido por la provincia estuvo acompañado del Diputado el Dr. Vicente, Los ex senadores de la republica el Dr. Milton Ray Guevara y el Ramiro Espino, quienes manifestaron públicamente su apoyo a las Aspiraciones del Senador

En este recorrido cabe destacar el apoyo de los síndicos de los distritos municipales, como también de toda la dirección del partido en todos los municipios.

jueves, 9 de octubre de 2008

DESCALIFICA CAMARA DE CUENTAS


PRD descalifica nuevos miembros de la Cámara de Cuentas

El senador de María Trinidad Sánchez, Jesús Vásquez Martínez, descalificó hoy la nueva Cámara de Cuentas por considerar a sus integrntes aliados del gobierno y por carecer de pluralidad partidaria.Jesús Vásquez dijo que esas personas no merecen credibilidad pese a la experiencia con la que cuentan.“Ante el fracaso de la antigua Cámara de Cuentas, lo correcto es que se dé un abanico más amplio y que estuvieran ahí figuras representativa de la sociedad dominicana, sin embargo, tenemos la esperanza de que sean personas honorables”, expresó Vásquez.En otro orden, el legislador perredeista consideró que su partido no está realizando la oposición que debe, ya que con la situación que existe en el país debería estar movilizándose y llamando la atención de la población.El Senado de la República juramentará este tarde a los nuevos miembros de la Cámara de Cuentas, organismo que en lo adelante estará presidido por la reformista Licelot Marte de Barrios.El vicepresidente será Pablo Domingo del Rosario y el secretario Iván Rondón Sánchez.Los demás miembros del organismo auditor son Juan José Heredia Castillo, José Nicolás Almánzar, Jorge Suncar Morales, Pedro Antonio Ortiz Hernández, José Attías Juan y Juan Luís Séliman Haza.El acto de juramentación se realizará en las instalaciones de la Cámara de Cuentas.

miércoles, 1 de octubre de 2008


Reforma
Senador PRD cree reforma debe establecer tope de gastos en campaña electoral

Miércoles 1 de octubre del 2008 actualizado a las 12:42 PM
Jesús Vásquez, senador perredeísta.

El senador por la provincia María Trinidad Sánchez, Jesús Vásquez, consideró este miércoles que la actual modificación a la reforma constitucional debería establecer un tope de gastos en las campañas electorales para la presidencia, legisladores y síndicos.A juicio de Jesús Vásquez la República Dominicana, siendo un país pobre, no puede seguir gastando altas sumas de dinero en periodos y candidaturas electorales. “Si se establece eso, las elecciones por dos años no serian tan traumáticas para el país y entonces se pudiera elegir en el mismo año que se vota por el presidente de la República, los legisladores, síndicos y regidores”, expresó.Por otro lado, entrevistado en el programa Matinal 5, este dirigente perredeísta calificó como “un golpe de Estado al orden jurídico institucional” la permanencia del actual Congreso sin el permiso del pueblo.Asimismo, insistió en realizar la modificación a la Constitución a través de una constituyente, tras indicar que si el PLD aplica la transformación a la Carta Magna por medio a una asamblea revisora cometerá “un grave error”.En el plano político reiteró el apoyo de su candidatura por parte de la mayoría de los dirigentes de su partido, en especial de Hipólito Mejía.Señaló que el partido está inmerso en el proceso de adecuación electoral, el cual deberá concluir el 31 de diciembre, y a partir de ahí prevé que se iniciará la campaña para la elección de la nueva dirección del partido.



miércoles, 24 de septiembre de 2008

Jesus Antonio Vasquez ( Quien Soy )





Experiencias:
• Gobernador provincial 1982-1985• Presidente Provincial María Trinidad Sánchez desde 1990.• Cónsul General de la Republica de Venezuela 1985-1986• Senador de la República 1994-Actual• Presidente de la Fundación para el Desarrollo de la Provincia María Trinidad Sánchez • Presidente de la Comisión Permanentes de Drogas • Presidente de la Comisión de las Fuerzas Armadas• Vicepresidente del Senado 1998-2001• Presidente del Senado 2003-2004• Actual Vicepresidente Nacional del Partido Revolucionario Dominicano.
Estudios:
• Bachiller en Ciencias y Letras• Diplomado en Ciencias Políticas, Instituto Cork• Seminario Internacional sobre el ALCA, Miami• Seminario Internacional Integración Regional, Chile• Seminario Internacional sobre la Corte Internacional de la Hayes, Roma, Italia• Productividad y Desarrollo, Taiwán
PERFIL HUMANO Y POLITICO
Nació el 20 de julio de 1958, en la comunidad de El Juncal, municipio de Nagua, provincia María Trinidad Sánchez. Hijo de los señores Jesús Antonio Vásquez Abud y Elena Eduvigis Martínez Florimón (ambos fallecidos). Inició sus estudios primarios en la escuela de Las Gordas y culmina en la escuela Eliseo Grullón. Desde muy joven se interesó por la actividad política, y opta por realizar un diplomado en Ciencias Políticas en el instituto York. A los 20 años es designado inspector de salud en el municipio de Sánchez cuando triunfa el Partido Revolucionario Dominicano y cuatro años mas tarde se le otorga la distinción de Gobernador Civil de la provincia María Trinidad Sánchez, siendo el mas joven en ocupar el cargo. En 1985, fue designado Cónsul de la República de Venezuela.El 16 de mayo de 1994, se realiza la primera elección como Senador de la República; en 1998, dada la gran labor congresional y social que realiza en beneficios de los mas necesitados es reelegido por segunda vez en las elecciones congresionales y municipales de ese año (siendo la primera vez que se realizan elecciones separadas de la presidencial), en la cual obtiene el 58% de los votos emitidos; en el 2002, obtiene su tercera victoria en forma consecutiva siendo el segundo senador mas votado de todo el país, con un 54.3%.Desde 1998 hasta el 2001, es electo vicepresidente del Senado de la República; en el 2003, fue electo Presidente del Senado. Ha presidido las comisiones de Drogas, Fuerzas Armadas y Ética (actual). Miembro de las comisiones de Finanzas, Asunto de la Mujer, Interior y Policía, Derechos Humanos y, Obras Públicas. Desde su primera elección como senador en 1994, ha demostrado un consistente liderazgo, aumentando el porcentaje de votación en cada torneo electoral en los cuales ha participado, llegando a ser uno de los 3 senadores de todo el país en cada escrutinio. Su lealtad y dedicación ha quedado plasmada en cada elección desde que asumió la presidencia provincial del partido, ganando 6 de los últimos 7 torneos, quedando en un virtual empate en las celebradas el pasado 16 de mayo recién pasado. Un liderazgo con una base social incuestionable. Una entrega sin extremos.Una oficina que se dedica a la labor social y a resolver los problemas comunitarios de los compañeros y compañeras que la visitan han marcado la diferencia por mas de una década, donde se ofrecen diferentes servicios que van desde biblioteca con Internet hasta programas de reparación de viviendas e intervenciones quirúrgicas totalmente gratis.Un gerente con capacidad probada en cada división o función que le ha tocado desempeñar, destacándose por su carácter peculiar, innovador, moderno y humano, el cual le ha hecho merecedor de reconocimientos nacionales e internacionales.La honestidad, vocación de servicios y desinterés exhibida por Vásquez Martínez, dan muestra fehaciente de la visión de un hombre que se ha abierto espacio en diferentes escenarios y momentos históricos. Su casa ha sido convertida en el local del partido en la provincia y centro del diálogo para trazar las estrategias y trabajo que han hecho de Nagua y la provincia María Trinidad Sánchez, la innegable y reconocible Novia del PRD.

PROYECTO DE REFORMA PRESENTADO POR EL P.R.D.


Partido Revolucionario Dominicano

ANTEPROYECTO DE LEY QUE DECLARA LA NECESIDAD DE REFORMAR LOS ARTICULOS 116, 117 Y 118 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA PARA CREAR Y ESTABLECER LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE COMO ORGANISMO IDONEO PARA REFORMAR LA CARTA SUSTANTIVA DEL ESTADO


EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República fue establecida en 1966 habiendo sido modificada en 1994 y en 2002, como resultado de situaciones especiales, sin que a la fecha la nación cuente con una ley sustantiva que le conecte en forma eficaz con la era del conocimiento y de la información, con la defensa del medio ambiente y los recursos naturales, con el disfrute de los derechos individuales y colectivos de manera amplia, asimilando los principios de la moderna administración de los recursos y los procesos, de absoluta transparencia en el manejo de los recursos públicos y privados, todo con el propósito de alcanzar un desarrollo social donde impere de ley con garantías de prosperidad para todos los ciudadanos y ciudadanas.
CONSIDERANDO: Que el pueblo dominicano demanda una Constitución surgida del mas amplio consenso nacional, como quedó demostrado en los trabajos realizados por la Comisión Especial, creada en el Decreto No. 410 del 21 de marzo de 2001, y por la Comisión Encargada de Preparar las Consultas que Fueren Necesarias Tendentes a Modificar la Constitución de la República, creada mediante el Decreto No. 323-06 del 3 de agosto de 2006, en cuyo informe sobre los resultados del “Encuentro Nacional de la Consulta Popular para la Reforma Constitucional”, publicado en febrero de 2007, se destaca que el 62% de los consultados se pronunció a favor de la reforma constitucional a través de una Asamblea Constituyente.
CONSIDERANDO: Que para incorporar la Asamblea Nacional Constituyente a la Constitución de la República, es necesario cumplir con las formalidades y los procedimientos exigidos en los Artículos 116, 117, 118, 119 y 120 de la Carta Magna.
CONSIDERANDO: Que, en este Siglo XXI, caracterizado por el ejercicio ético y transparente en las políticas públicas, la nueva Constitución de la República debe ser el resultado de la genuina expresión de la democracia, sin exclusión ni hegemonía de ninguna especie, la cual solo es eficaz a través de la creación y establecimiento de la Asamblea Nacional Constituyente, como expresión legítima de la soberanía popular.
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su Artículo 117, consigna el procedimiento de declaratoria de la necesidad de la reforma y para la convocatoria de la Asamblea Nacional Revisora.
VISTOS: los Artículos 116, 118, 119 y 120 de la Constitución de la República.

HA DADO LA SIGUIENTE LEY:

ARTÍCULO 1. Se declara la necesidad de reformar la Constitución de la República, en sus Artículos 116, 117, 118 y 120.
ARTÍCULO 2.- Los propósitos de la Reforma Constitucional son los siguientes:
1) Establecer en el Artículo 116 que la iniciativa de la reforma no será potestad exclusiva del Congreso Nacional y del Poder Ejecutivo sino establecer iguales derechos a favor de los demás sectores de la sociedad siempre que tal iniciativa esté avalada por el cinco por ciento de los ciudadanos (as) en edad de votar. Asimismo, se consignará que las decisiones se tomarán por las dos terceras partes de la matrícula.
2) Indicar en el Artículo 117 que la necesidad de la reforma se declarará mediante una Ley, la cual no podrá ser observada por el Poder Ejecutivo, ordenando también la reunión de la Asamblea Nacional Constituyente. Esta Ley fijará el plazo para la elección de sus miembros por voto directo; determinará el objeto de la reforma e indicará los artículos de la Constitución sobre los cuales versará.
3) Establecer que el número de miembros de la Asamblea Nacional Constituyente será de doscientos diez (210) miembros electos por voto directo, en la proporción siguiente: Noventa y cinco (95) postulados por los partidos políticos reconocidos en las circunscripciones electorales creadas por la Junta Central Electoral para la elección de los diputados; Dos (2) elegidos a nivel nacional por acumulación de votos para los candidatos de partidos, alianzas o coaliciones que no obtengan representación y reúnan los votos equivalentes a una fracción igual o mayor que el número correspondiente al que haya recibido en promedio cada diputado regular; Ocho (8) elegidos que representen a los dominicanos en el exterior; y Ciento cinco (105) será postulados por asociaciones, federaciones u organizaciones sociales, religiosas, académicas y comunitarias, en una única circunscripción nacional.
4) Los partidos políticos y las agrupaciones independientes que llenen los requisitos establecidos por la Ley Electoral vigente competirán por los noventa y cinco (95) constituyentes de las circunscripciones electorales.
5) Para ser válidas las propuestas de los partidos políticos y de las agrupaciones independientes deberán contener, por lo menos, una mujer por cada dos hombres.
6) Los ciento cinco (105) constituyentes de la circunscripción nacional saldrán de propuestas de asociaciones, federaciones u organizaciones sociales, religiosas, académicas y comunitarias, bajo las condiciones siguientes: En coaliciones de por lo menos diez organizaciones, cada una con personería jurídica, es decir, que su existencia esté legalmente registrada ante un órgano público; que reúnan el respaldo de por lo menos el uno (1) por ciento de los votos válidos de la última elección general y que en su propuesta de candidatura aparezcan alternados una mujer y un hombre. Las propuestas de candidaturas por las representaciones sociales no podrán integrarlas dirigentes de partidos políticos reconocidos y agrupaciones electorales independientes y en ellas debe asegurarse la representación regional.
7) Establecer en el Artículo 118 que a los ciento ochenta (180) días de aprobada la Ley que declare la necesidad de las reformas propuestas, deberán celebrarse las elecciones, reglamentadas por la Junta Central Electoral, para elegir los miembros de la Asamblea Nacional Constituyente, debiéndose reunir la misma de pleno derecho sesenta días después de la emisión de los certificados de elección por el organismo nacional responsable de los asuntos electorales. Los trabajos de la Asamblea Nacional Constituyente concluirán dentro de los seis (6) meses de su instalación.
8) La Asamblea Nacional Constituyente sesionará con la presencia de más de la mitad de sus miembros y sus decisiones se tomarán por una mayoría de las dos terceras partes de los miembros presentes.
9) Para ser miembro de la Asamblea Nacional Constituyente se requerirán las mismas condiciones que para ser diputado.
10) Los miembros de la Asamblea Nacional Constituyente ejercerán sus funciones a título honorífico. Sin embargo, gozarán de las mismas inmunidades que los miembros del Congreso Nacional. Todos los gastos que incurra la Asamblea Nacional Constituyente deberán ser cubiertos con fondos del Presupuesto Nacional.
11) El texto constitucional resultante de la reunión de la Asamblea Nacional Constituyente se someterá a aprobación o rechazo mediante un referendo, que será convocado en el mes subsiguiente a la conclusión de los trabajos de la Constituyente. De ser ratificada, la nueva Constitución será proclamada y publicada inmediatamente. La ley dispondrá todo lo necesario para lo antes prescrito.
12) Ratificar la disposición contenida en el Artículo 119, que ninguna reforma podrá versar sobre la forma de Gobierno, que deberá ser siempre civil, republicano, democrático y representativo.
13) Ratificar la disposición contenida en el Artículo 120, que la reforma de la Constitución sólo podrá hacerse en la forma que indica ella misma, y no podrá jamás, ser suspendida ni anulada por ningún poder ni autoridad ni tampoco por aclamaciones populares.
DADA…….